LIFE es el instrumento financiero ideal para el desarrollo y aplicación de la política medioambiental en la Unión Europea, buscando soluciones innovadoras a problemas ambientales importantes promoviendo la obtención de resultados concretos. LIFE-Medio Ambiente financia acciones experimentales y de demostración de caracter innovador encaminadas a la mejora del medioambiente. El carácter de demostración de estos proyectos es especialmente significativos, ejecutándose los proyectos a una escala técnica que permita evaluar su viabilidad.

Los proyectos de demostración de LIFE-Medio Ambiente deben tener los objetivos siguientes:

   1. La integración de las cuestiones medioambientales en el desarrollo y la ordenacion del uso del suelo, incluyendo zonas urbanas y costeras.
   2. La promoción de la gestión sostenible de aguas superficiales y subterráneas.
   3. La minización del impacto medioambiental de las actividades económicas.
   4. La prevención, el reciclaje y la gestión eficaz y racional de los flujos de residuos.
   5. La reducción del impacto ambiental de los productos.

 

ESQUEMA DEL PROCESO


1. Las operaciones de descontaminación de los vehículos al final de su vida útil cumplirán lo establecido en el Anexo III, de manera que se favorezca la reutilización y el reciclado, por este orden. El plazo de realización de dichas operaciones, contado a partir de la recepción del vehículo en el centro autorizado de tratamiento que realiza la descontaminación, no será superior a treinta días.

2. El almacenamiento de los componentes extraídos del vehículo se realizará de forma diferenciada, evitando dañar aquellos que contengan fluidos o sean reutilizables. En todo caso, el almacenamiento se realizará en instalaciones que cumplan los requisitos técnicos establecidos en el Anexo I.

3. En las operaciones posteriores a la descontaminación, realizadas o no en el mismo centro de tratamiento, deberá procederse separando las piezas y componentes que puedan ser reutilizados de los que deban reciclarse, comercializándose las primeras de acuerdo con la normativa sobre seguridad industrial. Las instalaciones cumplirán los requisitos técnicos establecidos en el Anexo I.

4. Las Administraciones públicas promoverán la adopción de sistemas de verificación y certificación de las actividades de gestión ambiental de los vehículos al final de su vida útil.

5. A las actividades de valorización posteriores a la descontaminación de los vehículos al final de su vida útil les será de aplicación el correspondiente régimen jurídico establecido en la Ley de Residuos, atendiendo a las características de las operaciones y a la peligrosidad de los componentes que constituyan el objeto de la gestión.


NORMATIVA


EUROPEA
- Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de Septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil, tiene por finalidad reducir las repercusiones de los vehículos sobre el medio ambiente, estableciendo para ello no sólo normas para su correcta gestión ambiental final de su vida utíl, sino también medidas preventivas que deberán tomarse en consideración desde la fase de su diseño y fabricación. Todas estas medidas deben aplicarse garantizando los principios de libre competencia.

ESTATAL
- El Real Decreto 1383 /2002 de 20 de diciembre incorpora al derecho interno la citada Directiva, al amparo de lo establecido en los articulos 1 y 7 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Se establece en este Real Decreto medidas preventivas desde la fase de concepción del vehiculo, tendentes a disminuir y limitar la utilización de sustancias peligrosas en su fabricación, así como a facilitar la reutilización, el reciclado y la valoración de sus distintos elementos, para reducir la afección ambiental producida por los vehículos.

AUTONÓMICA
Decreto 217/1999, de 27 de Julio, sobre la gestión de los vehículos fuera de uso en Cataluña
Orden 18/12/2001, de la Junta de Castilla La Mancha relativa a instalaciones de VFU al final de su vida útil.

 

SOCIOS


El beneficiario es el Socio de Proyecto que se responsabiliza ante la Comisión Europea, del desarrollo del Proyecto LIFE y distribuye entre los socios del proyecto, la subvención LIFE en función de las cantidades justificadas por cada Socio de Proyecto.

Los Socios de proyecto son las personas físicas o jurídicas aceptadas por el resto de Socios y la Comisión, que contribuyen en el desarrollo e implantación del proyecto Life. Su aportación no tiene porqué ser dineraria exclusivamente, pudiendo justificar su aportación a través de horas de trabajo, servicios, estudios, instalaciones...

El beneficiario de la subvención LIFE es Navarra de Medio Ambiente Industrial, S.A, NAMAINSA.

Descripción de la actividad que desarrollarán los nuevos socios:

· ECOAUTO CÁDIZ BAHÍA, S.L. Será la empresa donde se realizan estudio y experiencia de descontaminación, por lo tanto donde se realizará parte de la explotación de la planta piloto.

· CHATARRAS IRUÑA S.A., realiza las pruebas de fragmentación de vehículos fuera de uso previamente descontaminados en sus instalaciones de Pamplona. Realizará los análisis comparativos con la planta de Cádiz y propondrá propuestas de desmontaje previas.

 

LOCALIZACIÓN


Tras un estudio de diferentes ubicaciones en España, se optó por ubicar el proyecto en Navarra. Gran parte de las pruebas y estudios del proyecto LIFE se realizaron en distintas instalaciones de la Comarca de Pamplona (Navarra) y otra parte en la Bahía de Cádiz (Cádiz).

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